CAPITULO I: DEL NOMBRE, DOMICILIO Y DURACION
Art. 1.– El CENTRO DE REGULACION, NORMAS Y ESTUDIOS DE LA COMUNICACION (CERNECO), es una asociación inscripta, sin fines de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio, regulada por los artículos 118 y siguientes del Código Civil. Tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, pudiendo establecer oficinas, filiales de representación en cualquier lugar de la República del Paraguay. Su existencia se inició el día 17 de diciembre de 1.992, fecha en que su Estatuto Social fue inscripto en el Registro Público de Personas Jurídicas bajo el No. 493, folio 5.310 y siguientes. El plazo de duración es ilimitado y su existencia solo concluirá por las causas enumeradas en el artículo 113 del Código Civil, con excepción de las mencionadas en el inciso «a».
Estatutos
- CAPITULO I: DEL NOMBRE, DOMICILIO Y DURACION
- CAPITULO II: DEL OBJETO DE LA ASOCIACION
- CAPITULO III: DE LOS SOCIOS. REQUISITOS - DEBERES Y DERECHOS
- CAPITULO IV: DEL PATRIMONIO SOCIAL
- CAPITULO V: DE LAS AUTORIDADES DE CERNECO.- ASAMBLEAS
- CAPITULO VI: DE LA COMISION DIRECTIVA
- CAPITULO VII: DEL PRESIDENTE Y DE LOS VICE PRESIDENTES
- CAPITULO VIII: DEL SECRETARIO
- CAPITULO IX: DEL TESORERO
- CAPITULO X: DE LOS VOCALES
- CAPITULO XI: DE LA SINDICATURA
- CAPITULO XII: DE LAS FALTAS Y SANCIONES
- CAPITULO XIII: DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
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